El capítulo IX de la Ley del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto Selectivo al Consumo (en adelante, Ley del IGV), que regula el tratamiento de las exportaciones, no ha definido lo que se entiende por ésta. En ese sentido, a efectos de establecer una definición de este término que nos acerque a su real magnitud, creemos conveniente hacer referencia a aquella establecida en la Ley General de Aduanas.
Así tenemos que de acuerdo a lo que señala el artículo 60° del Decreto Legislativo N° 1053 (27.06.2008), Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Aduanas, la exportación es el Régimen Aduanero que permite la salida del territorio aduanero de las mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo definitivo en el exterior.
En relación a este régimen, es importante mencionar que el mismo no está afecto a ningún tributo1. Así lo precisa el citado artículo 60° de la Ley General de Aduanas.
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