Mediante Resolución SBS N° 2876-2009 se aprobó el portal de recaudación AFP NET que utilizan las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP para efectos de la declaración y pago de los aportes provisionales por parte de los empleadores que cuenten con trabajadores afiliados a una AFP, con la finalidad de mejorar los niveles de eficiencia en la recaudación, cobranza y acreditación de los aportes provisionales de los trabajadores afiliados a una AFP.
A partir del 1 de enero de 2010, el uso de este portal fue obligatorio para las empresas que contaban con 50 o más trabajadores afiliados al Sistema privado de Pensiones, pero mediante Resolución SBS N° 8611-2011 se ha dispuesto una progresiva extensión de la cobertura obligatoria del portal de recaudación AFP NET, como vemos a continuación:
a) A partir del 01 de enero de 2012, para todos aquellos empleadores que cuenten con diez (10) o más trabajadores afiliados a una AFP a la fecha de presentación de la declaración de la planilla de pago de aportes previsionales, o en el mes de devengue que corresponda.
b) A partir del 01 de julio de 2012, para todos aquellos empleadores que cuenten con cinco (5) o más trabajadores afiliados a una AFP a la fecha de presentación de la declaración de la planilla de pago de aportes previsionales, o en el mes de devengue al que corresponda.
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